ANTECEDENTES
Una situación que SUNAT ha vuelto frecuente con el SIRE es solicitar periodos prescritos a los Contribuyentes. Cuando una empresa desea generar su RVIE y RCE por el SIRE la SUNAT le notifica un “mensaje informativo” indicando que esta pendiente el envío del SLE-Portal y SLE-PLE por los siguientes periodos.
Esto genera ciertos inconvenientes para muchos Contribuyentes ya que pueden existir algunos problemas:
1. El Contador anterior se llevo toda la información y ya no se cuenta con el detalle de los Comprobantes de Pago.
2. Se decidió eliminar toda la información de periodos antiguos y no tiene la información.
3. El Contador actual no estaba enterado que estaba obligado a presentar el RV y RC por el PLE desde aquella épocas porque recién tomo la Contabilidad el 2019.
PREGUNTAS RANDOM
Jorge, ¿es correcto entonces que SUNAT nos solicite esta información?
No, ya no debería solicitar esta información y deberías presentar lo siguiente:
- Solicitud de Prescripción
- Escrito a SUNAT
Se debe presentar un escrito a SUNAT, además de la Solicitud de Prescripción. Si deseas un modelo, escríbenos al WhatsApp 902836322 para brindarte el modelo.
¿Cómo se llena la Solicitud de Prescripción?
Para que SUNAT no te sancione debes anotar la siguiente información en la Deuda Autoliquidada:
1. N° Formulario y N° de Orden no se anota nada porque los Libros Electrónicos no se envían por una Declaración Jurada.
2. Periodo Tributario anotas el mes que SUNAT menciona en su mensaje del SIRE.
3. Código de Multa para atraso de Libros Electrónicos es 6047.
4. Código de Prescripción “03” Facultad para Aplicar Sanciones.
SUNAT me notifico una Resolución de Multa de los periodos tributarios del 2015, ¿Igual puedo solicitar la Prescripción?
Depende cuando te notificaron la Resolución de Multa porque cualquier comunicación de SUNAT interrumpe el plazo de prescripción:
Entonces, una vez que hayas descartado cualquier comunicación de SUNAT o cualquier acto que interrumpa / suspenda la Prescripción podrías solicitar la Prescripción.