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¿Puedo enviar primero el D. Fácil y luego el SIRE?

Jorge, la SUNAT mediante RSNATI N° 039-2023 ha indicado que se puede enviar el RVIE y RCE de los periodos Octubre, Noviembre y Diciembre 2023 hasta el 30 de abril del 2024.

Esto genera algunas interrogantes:

  1. ¿Se puede enviar el Declara Fácil 621 antes que el SIRE?
  2. ¿Tendré problemas con SUNAT si envío primero el Declara Fácil 621 y luego el SIRE?
ANTECEDENTES

¿Qué es lo mas importante en el Registro de Compras? El IGV, claro que si. La mayoría de Contribuyentes siempre quiere utilizar todo el Crédito Fiscal posible y así pagar menos impuestos a SUNAT.

Sin embargo, para usar el Crédito Fiscal existen ciertas condiciones:

  1. Que las adquisiciones y/o prestaciones de servicio esten permitidos como gasto o gasto.
  2. Que las adquisiciones estén destinadas a operaciones gravadas con el IGV.
  3. Que los Comprobantes de Pago sean anotados en cualquier momento en el Registro de Compras.
  4. El derecho al Crédito Fiscal se ejerce con el Ejemplar del Comprobante de Pago, es decir, el XML.
LEY N° 29215

Mediante esta Ley se establece un candado adicional a las condiciones ya mencionadas. “No se perderá el Derecho al Crédito Fiscal si la Anotación de los Comprobantes de Pago se efectúa antes que la SUNAT requiera la exhibición y/o presentación del Registro de Compras”.

Esta condición ha ocasionado que muchos contribuyentes pierdan todo su Crédito Fiscal debido a que estaban atrazados en sus Registros Electrónicos y cuando quisieron ponerse al día, les llego un Requerimiento de SUNAT y ocasiono que todo su IGV de compras sea reparado.

RTF N° 5762-10-2021

En esta Resolución el Tribunal Fiscal concluye que el Contribuyente pierde todo su Crédito Fiscal debido a que anoto todas sus operaciones en el Registro de Compras Electrónico después que SUNAT le había requerido dicho Registro, por tanto, es valido que la Administración Tributaria repare todo el Crédito Fiscal del Contribuyente.

CONCLUSIÓN

No hay problema si envías primero el Declara Fácil 621 y después el SIRE pero corres el riesgo que la SUNAT requiera que presentes y/o exhibas tu Registro de Compras y, si no has anotado tus operaciones, podrías perder todo tu Crédito Fiscal.

Por ello, por mas que la SUNAT haya dado plazos hasta el 30/04/2024 acostúmbrate a enviar tu información dentro de plazos razonables.

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